
El Ayuntamiento recuerda que para la realización de hogueras de San Juan y San Pedro es preciso solicitar autorización
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Las fechas límite para la presentación de las solicitudes para las hogueras de San Juan será el 20 de junio y para las de San Pedro, el 25 de junio de 2024.
El Ayuntamiento de Adeje, ante la celebración de la Festividad de San Juan y San Pedro, informa a todas aquellas personas interesadas en realizar hogueras en zonas privadas habilitadas en la zona B (autopista hacia abajo), deberán comunicarlo expresamente a este Ayuntamiento mediante la presentación del formulario específico disponible en la página web municipal www.adeje.es.
La presentación de la comunicación podrá llevarse a cabo por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento adejero, o bien de forma presencial en la Oficina de Atención a la Ciudadanía de este Ayuntamiento.
El Ayuntamiento hace un llamado a la solidaridad, responsabilidad y civismo de la ciudadanía para asegurar que las festividades transcurran en un ambiente de sana convivencia y respeto al medio ambiente.
Las fechas límite para la presentación de las solicitudes para las hogueras de San Juan estarán vigentes hasta el día 20 de junio de 2024 y para las hogueras de San Pedro será hasta el 25 de junio de 2024.
Para garantizar la seguridad durante las celebraciones, se establecen las siguientes condiciones de seguridad de obligado cumplimiento:
- Las hogueras deben ubicarse en lugares de fácil acceso para los servicios de emergencia, lejos de vegetación inflamable y construcciones.
- El área alrededor de la hoguera debe estar despejada de vegetación y materiales inflamables.
- La pila de materiales no debe sobrepasar los 2 metros de altura ni los 3 metros de diámetro.
- Se deben evitar materiales altamente inflamables o contaminantes.
- Las hogueras solo podrán encenderse entre las 20:00 horas del 23 y 28 de junio hasta las 2:00 horas del 24 y 29 de junio, respectivamente.
- Se deben tomar medidas de precaución, como tener agua o extintores cerca, y vigilar el área hasta que el fuego esté completamente extinguido.
Zonas permitidas y horario de las hogueras.
ZONA A: El territorio marcado en rojo, (excepto cascos urbanos) delimitado por: El Norte: Con el T.M. de Guía de Isora; el Sur: Con los T.M. de Arona y Vilaflor; el Este: Con el Parque Nacional del Teide y, con el Oeste: Con la autopista del Sur y su prolongación la C-822; además, de todos los cauces de los barrancos.
En toda la Zona A será necesario autorización previa por parte del Cabildo Insular de Tenerife, quien, debido al alto peligro de propagación de incendio forestal, determinará las medidas de seguridad concretas para las actividades detalladas.
ZONA B: Resto del término municipal y cascos urbanos, dónde será necesario comunicarlo expresamente a este Ayuntamiento mediante la presentación de un formulario específico..
Las hogueras podrán ser prendidas desde las 20:00 horas de los días 23 y 28 hasta las 2:00 horas de los días 24 y 29, respectivamente, de cara a respetar un descanso adecuado a la vecindad.
Queda prohibida la realización de hogueras de existir condiciones meteorológicas adversas, como fuertes vientos o temperaturas extremas, u otras alertas meteorológicas declaradas por el Gobierno de Canarias.
Las personas responsables de las hogueras serán mayores de edad o, en su defecto, sus tutores legales. Se responderá por cualquier daño causado a bienes o personas. En caso de incumplimiento, la Policía Local está autorizada a retirar las hogueras y sancionar a los responsables.