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Las empresas ya pueden presentar las facturas del Ayuntamiento a través de Internet

Dentro de la sede electrónica se encuentra disponible un manual para la presentación telemática de facturas

14 de diciembre de 2012

El concejal de Hacienda Municipal y Recursos Centrales adejero, Epifanio Díaz Hernández, ha informado que el ayuntamiento de Adeje, a través de su sede electrónica (www.ayuntamientodeadeje.es) ha habilitado un apartado para la presentación de facturas emitidas por las empresas proveedoras del Ayuntamiento de Adeje, con el fin de agilizar y facilitar la gestión, así como el pago de las mismas.

De esta forma, asegura el edil “las empresas se ahorrarán el tener que desplazarse hasta el Ayuntamiento y podrán presentar las facturas a cualquier hora del día”. Seguidamente, comentó “hemos elaborado un manual con el cual el usuario podrá realizar los procedimientos necesarios para darse de alta en este nuevo sistema. También se especifican los pasos a seguir en la presentación de las facturas en la sede electrónica”.

Para poder acceder a esta nueva modalidad de presentación de facturas, los empresarios deberán presentar los documentos en formato PDF en la Sede Electrónica municipal la cual funciona las 24 horas del día, todos los días del año. Para ello, se solicitará que se identifique con un certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o DNI electrónico.

Cabe destacar que si alguna empresa factura, por primera vez, al Ayuntamiento de Adeje o ha modificado los datos de su cuenta bancaria, será necesario adjuntar el impreso de "Alta a Terceros" en modelo normalizado, correctamente rellenado, firmado por el proveedor y donde constará el sello de su entidad bancaria. Este impreso se presentará necesariamente en soporte papel (ya que únicamente tendrá validez el documento original) por los medios que establece la normativa vigente.

El concejal Díaz Hernández ha matizado “durante este último año, hemos ido actualizando la sede electrónica del ayuntamiento para dar respuesta a las necesidades de las empresas y de los ciudadanos, hemos logrado telematizar diferentes servicios, los cuales son cada vez más utilizados por la ciudadanía, entendemos que este es el camino que debemos seguir para que la administración llegue de forma eficaz y rápida y por ende de respuesta lo más pronto posible”.

Este trámite puede ser realizado por personas físicas o jurídicas que sean proveedores de obras, servicios y suministros del Ayuntamiento de Adeje. La factura deberá reunir los requisitos obligatorios que con carácter general vienen establecidos en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación y se modifica el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, así como en las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Corporación, sin olvidar el órgano o servicio al que se dirige la factura, es decir, Concejalía que celebra el contrato; la expresión del tipo impositivo del IGIC y del porcentaje de retención del IRPF que resulte de aplicación; y cuando procedan, los supuestos de exención, no sujeción al impuesto o inversión del sujeto pasivo, recogiendo expresamente el precepto legal que ampare los mismos, entre otras.

El plazo máximo para resolver y notificar será de sesenta días desde su presentación en el Registro, salvo que el procedimiento para su reconocimiento quedara suspendido por incumplimiento de las obligaciones contractuales y legales.