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El ayuntamiento de Adeje habilita un nuevo horario de la Oficina de Atención al Ciudadano en cumplimiento de la Ley Orgánica de Régimen Electoral

El período de exposición pública del censo electoral se iniciará el próximo 6 de abril y culminará el 13 del mismo mes

31 de marzo de 2015

Con motivo de la convocatoria de Elecciones Autonómicas y Locales, a celebrar el próximo 24 de mayo de 2015, y conforme a lo dispuesto en el artículo 39.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), se abre período de exposición pública del censo electoral, del 6 al 13 de abril, ambos inclusive, para que la ciudadanía pueda cotejar y consultar sus datos, así como hacer las reclamaciones oportunas, de cara a hacer valer su derecho al voto.

Por tal motivo, desde la corporación local adejera se ha habilitado, además de los días regulares (lunes a viernes de 8 a 15 horas), un horario extraordinario en la Oficina de Atención al Ciudadano, que abrirá sus puertas los días sábado 11 y domingo 12 abril de 9 a 13 horas.

Paralelamente, la Oficina del Censo Electoral ha puesto a disposición de la ciudadanía un teléfono de información (901-101-900), donde las personas también pueden consultar aquellas dudas relacionadas con el ejercicio del voto.

Con el fin de informar correctamente a la ciudadanía, se recuerda, de forma resumida, los casos más habituales en los que una reclamación al censo electoral presentada en el periodo de consulta del censo vigente resultaría estimada:

a) una corrección de datos personales, cualesquiera que sean las fechas en los registros de origen.

b) un alta por omisión, si las fechas de inscripción en los registros de origen son anteriores al último día hábil del tercer mes anterior al de la convocatoria (31 de diciembre de 2014).

c) un cambio de domicilio o de municipio de residencia en España realizado con anterioridad al último día hábil del tercer mes anterior al de la convocatoria (31 de diciembre de 2014) o realizado desde ese día siempre que lo implique un cambio de circunscripción electoral.

En cuanto a las reclamaciones de alta de las nacionales de la Unión Europea en las elecciones al Parlamento Europeo y/o Municipales se estiman solamente si las manifestaciones de voluntad se realizaron antes del último día hábil del tercer mes anterior al de la convocatoria (31 de diciembre de 2014).

Las reclamaciones de alta de los nacionales de países con Acuerdos para las elecciones municipales se estiman solamente si las solicitudes de inscripción se realizaron en el plazo establecido (del 1 de diciembre de 2014 al 15 de enero de 2015). Por último, las reclamaciones de alta por adquisición de la nacionalidad española se estiman solamente cuando tengan fecha de efecto anterior al último día hábil del tercer mes anterior al de la convocatoria (31 de diciembre de 2014).